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domingo, 22 de abril de 2018
Defensa del Consumidor: cómo dar de baja un servicio contratado?
Posted By: CLAUDIA CORIN - abril 22, 2018Rescindir un contrato con una empresa de servicios debe ser una opción accesible para el usuario. Es importante que el usuario conozca sus derechos y obligaciones, y actúe con decisión cuando opte por la opción de baja.
Solicitar la baja de un servicio debe ser una opción accesible para el usuario que contrató con una empresa la provisión de internet, telefonía, televisión por cable o satelital, por ejemplo. Pero esa posibilidad se ve obstaculizada muchas veces por impedimento injustificado de las compañías proveedoras.
En este sentido, la Dirección de Defensa del Consumidor responde las tres preguntas fundamentales y brinda la información básica que el usuario debe conocer:
Cuáles son las vías de contacto que puedo usar?
Para requerir la baja del servicio, el consumidor puede usar los mismos canales de comunicación que utilizó al contratarlo por primera vez: teléfono, correo electrónico, redes sociales o personalmente.
Si la empresa aceptó originalmente la contratación por alguno de esos canales, entonces debe reconocerlos para realizar la baja definitiva del servicio. Y es opción del usuario elegir si emplear la misma vía o comunicar su decisión por medio de otro canal que seleccione.
Cómo debe proceder la empresa con la solicitud de baja?
La empresa recibirá el pedido del usuario y deberá enviarle sin cargo a su domicilio “una constancia fehaciente dentro de las 72 horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión”, según establece la Ley 24240 de Defensa del Consumidor.
La prestadora del servicio debe publicar en la factura o documento equivalente esa obligación que le aplica, para informar al usuario sobre su derecho.
Qué pasará con las deudas pendientes?
Como titular del servicio, si quedaron saldos impagos en la cuenta, entonces es responsabilidad del usuario la cancelación de esos montos, antes o después de la baja solicitada. Luego la empresa podrá realizar las acciones legales correspondientes para intentar cobrar la deuda que hubiera quedado en la cuenta.
Consultas y denuncias: teléfono 148, opción 3 o al correo electrónico 148@mendoza.gov.ar.
Gobierno de Mendoza
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