Los vídeos tienen huellas dactilares. Cada compilación de imágenes y sonido tiene una identidad, una marca que perdura ante modificaciones y copias.
En esa premisa se basa el funcionamiento de Content ID, la tecnología desarrollada por YouTube, que se utiliza para detectar vídeos sin derechos de autor. La plataforma de vídeos rastrea audios, imágenes y melodías, y compara las posibles copias con el original. La efectividad es casi del 100% gracias a este carnet de identidad, da igual que hayan sido girados, recortados, oscurecidos o cambiados de color. El objetivo: combatir el robo de derechos para satisfacer a la gran industria musical y cinematográfica sin perjudicar hasta perder a los millones de usuarios creadores de un contenido que, en muchas ocasiones, no les pertenece.
La tecnología de Content ID identifica por separado el audio, el vídeo y la melodía para buscar copias sin derechos
Content ID nació en 2007, en estos nueve años ha ido añadiendo nuevas tecnologías para poder, primero, identificar el audio, después el vídeo y por último la melodía. Con el crecimiento de las herramientas, crecía también el equipo de ingenieros que se ocupaba de ellas. Una gran parte de ellos se encuentra ahora trabajando en Sihlcity Zúrich, en un edificio de siete plantas donde se desciende al comedor por un tobogán y a cada piso por una barra de bomberos. Es la sede que Google tiene en la capital suiza, la más grande fuera de Estados Unidos.
El equipo de Content ID trabaja en la quinta planta del edificio, llamada Time Out. Es allí donde, rodeados de palos de hockey, de pelotas de fútbol y de camas para echar la siesta, esta docena de ingenieros ha creado y mejorado una de las herramientas orgullo de la compañía. "Hemos invertido más de 60 millones de dólares en el desarrollo y mejora de Content ID desde 2007", explica David Erb, director de Ingeniería en YouTube.
El desafío: reconocer la copia
Cada minuto se suben a YouTube 400 horas de vídeo en todo el mundo. Hay 1.000 millones de visitantes cada mes. Una cifra que ha aumentado el 50% en el último año y el 100% en dispositivos móviles. ¿Cómo se puede controlar si el archivo infringe los derechos? "Ese es el desafío al que nos enfrentamos cada día: reconocer las copias, hayan sido o no transformadas", reconoce Fabio Magagna, responsable de Content ID.
El proceso se divide en fases: fraccionar el vídeo en fotogramas, sacar las huellas de cada uno y compararlas con las del archivo de referencia
Se encuentran de todo: vídeos recortados, girados, puestos en blanco y negro, emborronados, cambiados de color, de tono. Todo eso y todo a la vez. Para hacerlo más sencillo, el proceso se divide en fases: fraccionar el vídeo en fotogramas, sacar las huellas de cada uno y compararlas con las huellas del archivo de referencia que han mandado los propietarios del contenido. Ahí entra en juego la increíble base de datos con la que cuenta Content ID: más de 600 años de contenido de referencia, más de 50 millones de archivos activos enviados por los 8.000 partners (artistas, sellos discográficos, cadenas de televisión…) con los que trabajan.
Ejemplo de mapa de calor que muestra la coincidencia entre dos vídeos mediante las zonas de color.
Ejemplo de mapa de calor que muestra la coincidencia entre dos vídeos mediante las zonas de color. CONTENT ID
Cuando los dos archivos coinciden se produce el match. Una coincidencia que se identifica en mapas de calor con puntos brillantes. Todo en cuestión de segundos. La rapidez se debe a la inteligencia artificial que hay detrás del proyecto. Desde hace dos años utilizan el machine learning, una rama de la inteligencia artificial dedicada a tomar decisiones e interpretar datos basándose en patrones, que permite detectar identificar los rasgos de forma escalable mucho más rápido.
Hacemos la prueba en la sala Share, en la planta baja de Google. Subimos un vídeo donde se oye durante un minuto una canción de Dr. F. James Clark. En cuanto el vídeo está cargado y subido, un mensaje nos avisa: "No recibirá ningún ingreso por su vídeo". El beneficio que den los anuncios que se han colocado a nuestro vídeo irán destinados al creador y propietario del contenido.
Las copias se identifican en segundos gracias al funcionamiento de la Inteligencia Artificial
El usuario puede reclamar si no le parece justa la solución. Bien porque cree que el contenido también le pertenece o porque no infringe ningún derecho. En ese caso, YouTube deja la escena y la disputa ya se soluciona directamente con el propietario. Eso sí, si un usuario se niega a permitir la monetización y "pierde" tres conflictos de este tipo se enfrenta a que la plataforma le cierre la cuenta y borre todos los vídeos de su canal.
¿Qué ocurre entonces con los youtubers? "Esos suelen ser casos especiales, porque en muchas ocasiones, tienen un número muy importante de seguidores por lo que a Nintento o al propietario del videojuego le interesa la difusión que estos usuarios consiguen. Lo más probable es que puedan llegar a un acuerdo para repartir los ingresos", explica un portavoz.
Así funciona del lado del creador
Para los propietarios del contenido, el proceso es sencillo: una vez han mandado a YouTube el archivo para incorporarlo a su base de datos y Content ID ha reconocido un vídeo con el mismo contenido, ofrece al propietario la posibilidad de bloquear el vídeo, solo rastrearlo o monetizar los beneficios que ese vídeo genere gracias a los anuncios que se le incorporan.
Cuando el vídeo infringe los derechos, los beneficios que genera van destinado al propietario del contenido
“El 90% de los propietarios decide monetizar su contenido, el resto prefiere bloquearlo y muy poquitos eligen solo rastrearlo”, explican fuentes de Youtube. El porcentaje se incrementa todavía más en la música: el 95,5% de los artistas lo monetiza, más del 4% lo bloquea y apenas unos cuantos le sigue la pista.
Pero esta política es muy regulable. Se pueden establecer diferencias por zonas geográficas (monetizar los beneficios en unos países y bloquear el contenido en otros), también por tipo de vídeo y por duración (en algunos vídeos detectar la similitud a los 10 segundos y en otros a los 35). Así, es posible incorporar una política diferente para cada vídeo que está en marcha.
Debate a tres bandas
Un vídeo de un encuentro con música de Ed Sheeran, otro de una fiesta con la voz de Rihanna de fondo o un tutorial de juego con imágenes de Nintento. Son ejemplos de clips sin ánimo de lucro, de grabaciones domésticas, de contenido que se sube a YouTube para compartirlo con amigos y familiares. Pero se trata también de vídeos que infringen los derechos de autor. El debate no es nuevo, pero la gran actividad de esta plataforma lo ha hecho todavía más visible. Tampoco es sencillo, con tres bandas en juego: los usuarios, los artistas y YouTube.
Por un lado, dice la empresa de Google, que los usuarios compartan vídeos aumenta la visibilidad de los artistas y contribuye a mejorar su popularidad. En la otra orilla, los propietarios del contenido exigen su justo rendimiento, el crédito que les pertenece. Pero no se enfrentan a los usuarios, sino a la compañía: exigen un reparto más "justo" de los derechos digitales.
LOS ARTISTAS CONTRA YOUTUBE
La guerra por los derechos está servida. YouTube lanza las cifras: ha pagado a los artistas más de 2.500 millones de euros desde la creación de Content ID en 2007. "Ninguna plataforma ha devuelto tanto dinero a los creadores", decía Christophe Muller, responsable de las colaboraciones musicales de YouTube.
Los artistas responden: no es suficiente. Hablan de cómo YouTube se está aprovechando de su trabajo, cómo está recibiendo unas ganancias millonarias gracias a sus vídeos. Piden, exigen, un reparto más equitativo, para ellos que son los creadores.
La empresa de Google no contesta al porcentaje de distribución, señala que depende de cada vídeo y de cada partner con sus condiciones. Ante la insistencia concluye: "Los partners siempre se llevan el mayor porcentaje". Sea cual sea esta cifra, no contenta a los artistas ni en Europa ni en Estados Unidos. Los nombres viajan de continente a continente.
Aquí van desde Pedro Almódovar a Joaquín Sabina hasta sumar 200 profesionales. Todos se han dirigido al presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, para pedirle una propuesta legislativa que les ayude a "conseguir un trato justo a cambio del uso de sus obras online".
En EE UU, con Paul McCartney y Taylor Swift a la cabeza, son más específicos: solicitan al Congreso de los Estados Unidos una reforma urgente de la Digital Millenuim Copyright Act —regulación de propiedad intelectual— aprobada hace 20 años, porque "las normas han quedado anticuadas y superadas y favorecen desmesuradamente a las compañías tecnológicas, que no existían en el momento de entrar el vigor el texto".
La pelota sigue yendo de tejado a tejado. El último raquetazo lo ha dado la empresa de Google: "Gracias a Content ID solo en un 2% de los casos de lucha de derechos ha tenido que ser aplicada la DMCA, el 98% restante se ha solucionado con esta tecnología".
elpais
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