Es muy frecuente que las empresas a las cuales somos clientes, nos envíen un mail comunicándonos que a partir del día de la fecha, dejarán de enviarnos el resumen o factura “en papel” con el objetivo de “cuidar el medio ambiente”…
Recientemente se ha modificado el art 4 de la ley 24240, estableciendo lo siguiente:
ARTICULO 4°: INFORMACIÓN. EL PROVEEDOR ESTA OBLIGADO A SUMINISTRAR AL CONSUMIDOR EN FORMA CIERTA, CLARA Y DETALLADA TODO LO RELACIONADO CON LAS CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LOS BIENES Y SERVICIOS QUE PROVEE, Y LAS CONDICIONES DE SU COMERCIALIZACIÓN. LA INFORMACIÓN DEBE SER SIEMPRE GRATUITA PARA EL CONSUMIDOR Y PROPORCIONADA EN SOPORTE FÍSICO, CON CLARIDAD NECESARIA QUE PERMITA SU COMPRENSIÓN. SOLO SE PODRÁ SUPLANTAR LA COMUNICACIÓN EN SOPORTE FÍSICO SI EL CONSUMIDOR O USUARIO OPTASE DE FORMA EXPRESA POR UTILIZAR CUALQUIER OTRO MEDIO ALTERNATIVO DE COMUNICACIÓN QUE EL PROVEEDOR PONGA A DISPOSICIÓN (Ley 27250).
Por lo tanto es la opción DEL CONSUMIDOR (y no de la empresa) ELEGIR si desea recibir “factura o resumen electrónico” o en PAPEL…
Si te impusieron de forma compulsiva y arbitraria la obligación de adherirte a la “factura (o resumen) digital “ y vos deseas seguir recibiendo la factura o resumen en PAPEL y en tu domicilio, la empresa lo tiene que mandar SIN CARGO ALGUNO… para ello puedes reclamar siguiendo los pasos de esta guía:
- POR TELEFONO: PIDIENDO EL NUMERO DE RECLAMO
- POR INTERNET: TAMBIEN ANOTANDO EL NUMERO DE RECLAMO
- POR CARTA DOCUMENTO
- POR NOTA FIRMADA, SOLICITANDO SU CONSTANCIA DE RECEPCION
*** NUNCA DEJAR LOS ORIGINALES, PRESENTAR SOLO FOTOCOPIAS ***
Dra. Mariela A. Moncada
Para reclamar a la compañía descargar el formulario que se encuentra en el siguiente vínculo: http://www.protectora.org.ar/. ../formulario-para.../31480/
0 comentarios:
Publicar un comentario