lunes, 4 de junio de 2018

Columna: Algunos consejos para operadores en violencia de género

Posted By: CLAUDIA CORIN - junio 04, 2018

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En algunos años de atender consultas sobre violencia de género, cada operador seguramente va ganando en experiencia y ajustando la forma de intervención.

Así es como psicólogos, psiquiatras, sociólogos, abogados, asistentes y trabajadoras sociales, como todas aquellas personas que se desempeñan en dependencias de atención a las víctimas en la administración pública como en la actividad privada, han ido desarrollando experiencia en la materia y sin dudas su aporte podría sumarse a esta nota para poder así compartir y enriquecer esta tarea.

La idea es la participación de todos los que lleven más de 4 años en el tema.
La idea es que puedan remitir el informe en forma de nota al grupo de violencia de género, para compartir y aprender.

(https://www.facebook.com/groups/violenciacontralamujer/?ref=bookmarks)

En cada país hay antecedentes, doctrina, jurisprudencia y leyes contra la violencia de género.
Desde principios de esta década comenzó a regir en Argentina la Ley 26.485, y de ahí empezamos con este nuevo paradigma.

Pasemos así a esta humilde experiencia desde la ciencia jurídica.
De todas las profesiones que intervienen es muy importante la información que nos brinde un psicólogo especialista en violencia de género con el diagnóstico correspondiente.
Con esa información este profesional indicará si existe o no la necesidad de un psiquiatra, y recién cuando esos profesionales nos autoricen podremos judicializar el caso.
Es común que las víctimas en la primer entrevista informen de que se hicieron atender con un psicólogo, en ese caso hay que pedir un informe detallado del profesional y controlar si el mismo tiene perspectiva de género (son muy pocos los que la tienen).
En el caso que no la tenga hay que indicar a la víctima que deberá ir a otro profesional con la especialidad.
Desde la abogacía, la primera atención de la víctima no puede demorar más de 15 a 20 minutos.
Se debe evitar la revictimización. Se le debe preguntar para determinar de qué tipo de violencia se trata (art. 5 y 6 de la ley).
Es fundamental prestar atención a la mirada de la entrevistada, sus ojos nos dirán muchas cosas.
Hay indicadores que un psicólogo o quien lleve años en este tipo de entrevistas, nos puede ayudar a conocer y ciertas preguntas o comentarios, que nos proveerán de los primeros indicios.
En menos de esos 15 o 20 minutos sabremos si estamos ante una víctima de violencia de género o ante un caso que no puede calificarse dentro de los que la ley determina.
De esta forma se evitan lo que algunos llaman falsas denuncias.
En muchos de estos casos la supuesta víctima y el operador sin capacitación, no diferencian lo que es o no violencia de género. (Lo más común es la infidelidad).
Se pueden contar infinidad de casos de denuncias que nos sorprenderían… “como la de una mujer que denunció a su vecino por violencia de género porque su perro la había mordido”, o “una mujer que denunció a su marido porque este eructaba”, o “porque había tenido un hijo con otra mujer”, etc.
Algunas cuestiones el derecho lo resuelve por otras vías, pero no por la de la violencia de género.
Lo más triste es que a veces sucede que alguna Oficina Fiscal toma este tipo de denuncias.
Es deber del operador, cualquiera sea, estar capacitado para evaluar cada caso y consultar en el caso que exista una duda.

Teniendo en cuenta que la víctima debe hacer el relato ante un tribunal, ante un psicólogo particular y los peritos que participen en el juicio, los profesionales del derecho debemos evitar hacerle repetir su historia.

Los ojos de la víctima nos dirá todo, existiendo palabras o discursos que sus efectos los advertiremos en forma inmediata.
De acuerdo a la experiencia se recomienda que se le encargue a la clienta que en la intimidad de su hogar haga el relato por escrito.
Es fundamental tener ese relato de puño y letra o por vía de correo electrónico.
Así se puede trabajar sobre el relato y no sobre la clienta, y trabajarlo en forma interdisciplinaria.

No estamos atendiendo un cliente por un accidente de tránsito, por un cobro de alquileres o un desalojo.
Estas clientas tienen características especiales.
Hay casos en que su psiquis está seriamente afectada.
Hay casos en que ni un psicólogo puede tratarla, y un psiquiatra debe equilibrarla, muchas veces con medicación.
Este deterioro psicológico es por la violencia que ha estado sufriendo, este es el daño más grande que hace el victimario, y que muchos no logran comprender.

NO ESTA LOCA, LA ENLOQUECIÓ, como muchas veces debemos refutar pericias psicológicas o planteos de la defensa, que imputan los hechos a la inestabilidad de la víctima, tratando de esta forma de convertirla en victimaria.

El trabajo interdisciplinario es fundamental, la judialización de un caso no debe realizarse sin ese trabajo interdisciplinario previo y el sostenimiento de la víctima durante todo el proceso por parte de un psicólogo especializado, es fundamental.

Hay víctimas que no aceptan estas condiciones, y esto es como aquel paciente que no sigue las instrucciones del médico.

Cuando una víctima evade continuar un tratamiento psicológico especializado en violencia, cuando no toma la medicina que le indica el psiquiatra, es un caso que perderemos, y sin saberlo esa víctima va a su mayor fracaso.

Nada podemos hacer frente a esto, y lo más aconsejable es declinar la atención para evitar responsabilidades.
NO PODEMOS AYUDAR SI NO SE DEJAN AYUDAR.

Las ansiedades, angustias, depresiones, los ataques de pánico, las inseguridades, el stress, etc. deben ser tratados por los profesionales de la salud y no por los de otras ciencias.
Frente a estas situaciones no se puede actuar, las victimas suelen descargar contra toda aquella persona que está de su lado, algunos le llaman “efecto espejo”, lo que no pueden hacer contra el victimario lo hacen sobre otros. Esto debe ser tratado por el psicólogo asignado.

Obviamente no estamos ante una urgencia, para las urgencias existen dependencias que pueden dar mejor respuesta.

La Dirección de la Mujer de la Corte en Mendoza o la UFI de Violencia de Género, pueden indicarse como de 5 estrellas para la tutela inmediata.
Todos los operadores tendrían que tener los teléfonos de las dependencias oficiales y las de los funcionarios responsables de esas áreas.
Todos los operadores deberían realizar una visita periódica a esos lugares o tener reuniones con esos funcionarios, para así poder tener la mejor información y poder brindar el mejor servicio.
Hay que armar una agenda de la violencia de género, y así funcionar como un 144 o 911.
Esto es militar en este derecho, sin necesidad de ser un profesional del derecho.

#NI UNA MENOS
Carolina Jacky



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