En 1569 se establece en la América española el Tribunal de la Inquisición, mediante una cédula firmada por el rey de España Felipe II.
Desde épocas tempranas del Descubrimiento y la Conquista la monarquía y las autoridades eclesiásticas españolas mostraron su empeño en extender las persecuciones religiosas que estaban en curso en la Península Ibérica a los nuevos territorios conquistados.
El fin primordial era evitar que los judíos y judíos conversos de prácticas "judaizantes", así como cualquier tipo de "herejes", pasaran a América. También las autoridades recibían informes sobre la relajación de las costumbres y la disciplina cristiana en las colonias.
Desde épocas tempranas del Descubrimiento y la Conquista la monarquía y las autoridades eclesiásticas españolas mostraron su empeño en extender las persecuciones religiosas que estaban en curso en la Península Ibérica a los nuevos territorios conquistados.
El fin primordial era evitar que los judíos y judíos conversos de prácticas "judaizantes", así como cualquier tipo de "herejes", pasaran a América. También las autoridades recibían informes sobre la relajación de las costumbres y la disciplina cristiana en las colonias.
Por esta razón, el 22 de julio de 1511 el inquisidor general de España, el cardenal Francisco Jiménez de Cisneros (figura política principal en la corte hispana), dio una orden para que los obispos americanos actuaran como inquisidores en sus territorios episcopales, ordenándoles que se afanaran en la persecución de los herejes. De manera que los obispos, sumaban el encargo a sus funciones habituales como representantes de la justicia eclesiástica "ordinaria", quedando en la categoría intermedia de "inquisidores ordinarios".
Los monarcas españoles continuaron durante todo el siglo XVI distribuyendo cédulas que les ordenaban a los obispos no cejar en su labor como inquisidores. Es el caso de la real cédula del 13 de julio de 1559, dirigida al arzobispo de Lima y a todos los obispos del Perú, para que si se hubiesen pasado a esos territorios "algunos hombres luteranos o de casta de moros o judíos, los castigasen".
En 1519, el cardenal Adriano de Utrecht, nueva cabeza de la Inquisición en España, designaba a los dos primeros comisionados especiales del Santo Oficio en el continente. Eran Alonso Manso, obispo de San Juan de Puerto Rico, y el fraile domínico residente en La Española, Pedro de Córdoba, más conocido por su defensa de los indígenas en causa común con Bartolomé de Las Casas. Ambos recibían el grado de "inquisidor apostólico general de Indias".
En 1519, el cardenal Adriano de Utrecht, nueva cabeza de la Inquisición en España, designaba a los dos primeros comisionados especiales del Santo Oficio en el continente. Eran Alonso Manso, obispo de San Juan de Puerto Rico, y el fraile domínico residente en La Española, Pedro de Córdoba, más conocido por su defensa de los indígenas en causa común con Bartolomé de Las Casas. Ambos recibían el grado de "inquisidor apostólico general de Indias".
Pronto otros religiosos irían siendo designados como comisionados de la Inquisición, o "inquisidores apostólicos", con potestad de abrir investigaciones en lugares que apenas estaban siendo conquistados. Finalmente una cédula real del rey Felipe II dispuso en 1569 la creación de sendos tribunales de la Santa Inquisición, también llamados Tribunal del Santo Oficio, en Lima y la ciudad de México. Estos tribunales tenían jurisdicción sobre los respectivos virreinatos y sus capitanías generales vecinas. La argumentación planteada por el decreto señalaba el temor a que la presencia de herejes y libros prohibidos en América —que de por sí podía constituir una "grande ofensa"— para evitar que pasen ideas diferentes de la línea oficial católica a esos territorios, que pudieran "pervertir" a los indígenas.
En Cartagena de Indias se estableció en 1610 otro tribunal, para aliviar la recargada responsabilidad de los dos anteriores.
El cartagenero tuvo autoridad sobre los arzobispados de América Central y del norte de América del Sur, entre ellos Bogotá, Santo Domingo, Panamá, Santiago de Cuba, Santa Marta y Venezuela.
Existen evidencias que muestran que la autoridad del Santo Oficio en América tuvo un accionar menos cruento que en España, aplicando la pena de muerte en menos ocasiones, en los hechos, sólo se aplicó a casos extremos de faltas contra la Iglesia y el Estado.Durante las primeras décadas del tribunal limeño (1569-1600), fueron condenados a muerte y ejecutados 13 reos; luego (1601-1640) fueron ajusticiados 17, y a partir de entonces sólo hubo un caso en 1664 y otro en 1736. De estas 32 víctimas, 23 fueron procesadas por judaizantes, 6 por protestantes, 2 por explícita herejía y un caso de "alumbrado" o falsa santidad. Luego hay 3 judaizantes "quemados en huesos y estatuas", esto es, ya fallecidos (entre 1625 y 1639), y 14 "quemados en estatuas" por ausencia (1605 y 1736).
El cartagenero tuvo autoridad sobre los arzobispados de América Central y del norte de América del Sur, entre ellos Bogotá, Santo Domingo, Panamá, Santiago de Cuba, Santa Marta y Venezuela.
Existen evidencias que muestran que la autoridad del Santo Oficio en América tuvo un accionar menos cruento que en España, aplicando la pena de muerte en menos ocasiones, en los hechos, sólo se aplicó a casos extremos de faltas contra la Iglesia y el Estado.Durante las primeras décadas del tribunal limeño (1569-1600), fueron condenados a muerte y ejecutados 13 reos; luego (1601-1640) fueron ajusticiados 17, y a partir de entonces sólo hubo un caso en 1664 y otro en 1736. De estas 32 víctimas, 23 fueron procesadas por judaizantes, 6 por protestantes, 2 por explícita herejía y un caso de "alumbrado" o falsa santidad. Luego hay 3 judaizantes "quemados en huesos y estatuas", esto es, ya fallecidos (entre 1625 y 1639), y 14 "quemados en estatuas" por ausencia (1605 y 1736).
Los ajusticiados por ser luteranos, salvo el caso de Mateo Salado (ultimado en la hoguera el 15 de noviembre de 1573), fueron en su mayoría piratas capturados en actos de guerra, como John Butler y John Drake (sobrino del célebre corsario Francis Drake).
Francisco de la Cruz (ajusticiado el 13 de abril de 1578), el único caso de sentencia por "alumbrado", destaca por haber sido teólogo con estudios en Valladolid y rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos de Lima; sus postulados heréticos incluían el cuestionamiento del sistema monárquico.
Francisco de la Cruz (ajusticiado el 13 de abril de 1578), el único caso de sentencia por "alumbrado", destaca por haber sido teólogo con estudios en Valladolid y rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos de Lima; sus postulados heréticos incluían el cuestionamiento del sistema monárquico.
Gentileza María del Pilar Zalazar para TBN
Fuente efemérides culturales, politicas, históricas y sociales
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